Subdirección General de Operación

Información del puesto

Con base en el Manual Administrativo MA-STC-23-437D6306 del Sistema de Transporte Colectivo.

Atribuciones Específicas: Estatuto Orgánico del Sistema de Transporte Colectivo

DE LAS FACULTADES Y OBLIGACIONES GENERALES DE LAS SUBDIRECCIONES GENERALES  

Artículo 31. Son facultades y obligaciones de las Subdirecciones Generales:  

I.Acordar con la Dirección General el despacho de los asuntos encomendados a las unidades administrativas adscritas a su responsabilidad;  

II.Implementar las comisiones que la Dirección General les encomiende y mantenerla informada sobre el desarrollo de sus actividades;  

III.Someter a la aprobación de la Dirección General los estudios y proyectos que elaboren las unidades administrativas a su cargo;  

IV.Vigilar que se cumpla estrictamente con las disposiciones legales y administrativas en todos los asuntos que tengan asignadas;  

V.Coordinar entre sí sus respectivas labores para obtener un mejor desarrollo de las mismas;  

VI.Planear, programar, organizar, promover, dirigir, controlar y evaluar el desempeño de las actividades de las áreas operativas, técnicas y administrativas a ellas adscritas, conforme al presente Estatuto y lo que determinen el Consejo de Administración y la Dirección General;  

VII.Establecer los anteproyectos de presupuesto que les correspondan;  

VIII.Proponer a la Dirección General el nombramiento o remoción de las personas servidoras públicas con niveles de mandos medios y superiores adscritas a las áreas bajo su responsabilidad;  

IX.Determinar las medidas necesarias de mejoramiento técnico administrativo de las unidades orgánicas a ellas adscritas y proponer a la Dirección General la delegación de facultades que tengan encomendadas en las personas funcionarias subalternas;  

X.Recibir en acuerdo ordinario a las personas funcionarias responsables de las unidades administrativas de su adscripción y en acuerdo extraordinario a cualquier otra persona funcionaria subalterna, conforme al Manual Administrativo del STC;  

XI.Suscribir los documentos relativos al ejercicio de sus atribuciones y aquellos que le sean señalados por delegación o les correspondan por suplencia;  

XII.Proporcionar la información, los datos o la cooperación técnica que les sea requerida por otras dependencias del Gobierno de la Ciudad de México, así como de la Administración Pública Federal;  

XIII.Auxiliar a la Dirección General en la promoción, conducción, coordinación, vigilancia y evaluación del desarrollo del Organismo, en congruencia con los Programas General de Desarrollo, Sectoriales e Institucionales y demás aplicables;  

XIV.Proponer a la Dirección General, las normas, políticas y medidas para apoyar el desarrollo de las unidades administrativas cuya coordinación les sea encomendada;  

XV.Participar en la elaboración de los programas institucionales, así como analizarlos, emitir opiniones sobre ellos y proponer los ajustes que en su caso requieran;

XVI.Proponer estudios y proyectos de modernización administrativa que requiera el desarrollo del servicio público que presta el Organismo;  

XVII.Ejercer las facultades que mediante acuerdos y disposiciones generales les delegue la Dirección General, para la mejor conducción del Organismo;  

XVIII.Administrar los recursos asignados al área de su responsabilidad;  

XIX.Resolver los recursos administrativos que les sean interpuestos, a través de la Gerencia Jurídica del STC;  

XX.Cumplir con las disposiciones aplicables sobre capacitación y adiestramiento del personal del Organismo; y  

XXI.Las demás que les señalen la Dirección General, el Consejo de Administración y las disposiciones legales y administrativas aplicables vigentes, así como las que correspondan a las unidades administrativas que se les adscriban.  


Artículo 32. La Subdirección General de Operación tendrá las siguientes facultades y obligaciones:  

I.Establecer los lineamientos, procedimientos y mecanismos de coordinación para el desarrollo y ejecución de proyectos tecnológicos orientados a la investigación, modernización, rehabilitación e incorporación de innovaciones y de aseguramiento de la calidad en los procesos técnicos operativos que fortalezcan los índices de operación y seguridad de las líneas de la red del servicio;  

II.Instrumentar las políticas y lineamientos para mantener permanentemente actualizado el Plan Maestro del STC y los programas especiales e institucionales que de él se deriven, en congruencia con el Plan General de Desarrollo de la Ciudad de México;  

III.Aprobar la implementación de políticas y acciones orientadas a los procesos para la certificación de la calidad en las acciones inherentes a la prestación del servicio;  

IV.Autorizar la instrumentación de sistemas de indicadores de desempeño y cumplimiento internos para el control, verificación y supervisión, propuestos por sus áreas de adscripción para el logro y cumplimiento de los objetivos y metas de las actividades institucionales contenidas en el Programa Operativo Anual;  

V.Participar y, en su caso, de acuerdo con sus facultades, coadyuvar en el funcionamiento de los comités legalmente constituidos en el Organismo, así como presentar las medidas tendientes a eficientar su operación;  

VI.Intervenir en el otorgamiento de la asesoría técnica solicitada por organismos nacionales e internacionales, de acuerdo a convenios y/o contratos que al respecto se formalicen;  

VII.Autorizar a propuesta de las Direcciones de Transportación y de Ingeniería y Desarrollo Tecnológico, los Programas Anuales de Operación y de Desarrollo Tecnológico del Organismo;  

VIII.Instrumentar las políticas, estrategias y protocolos para mejorar las condiciones de comunicación interna para la operación y la calidad del servicio que se presta a las personas usuarias y el desarrollo tecnológico del Organismo;  

IX.Instruir lo conducente a la Dirección de Ingeniería y Desarrollo Tecnológico para presentar propuestas de solución a los problemas técnico-operativos, en su ámbito de competencia;  

X.Instruir lo conducente a las áreas adscritas a la Subdirección General de Operación para la sistematización integral de los procesos que permitan mejorar el control de actividades para lograr una mayor eficiencia y una mejor integración de las actividades institucionales conferidas; para la elaboración del Programa Operativo Anual, en congruencia con la normativa vigente y a las disposiciones emitidas por la Subdirección General de Administración y Finanzas;  

XI.Aprobar, a propuesta de las unidades administrativas adscritas a la Subdirección General de Operación, los Programas Anuales de Adquisiciones, Contratación de Servicios, Obra Pública y Arrendamiento de Bienes Muebles correspondientes, en congruencia con los Lineamientos para la integración del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos y el Programa Operativo Anual para el ejercicio fiscal inmediato;  

XII.Instruir lo conducente a las áreas adscritas a la Subdirección General de Operación para el requerimiento, obtención y manejo de los recursos humanos, materiales y financieros correspondientes, acorde con el marco legal vigente, así como a las disposiciones emitidas por la Subdirección General de Administración y Finanzas;  

XIII.Establecer, organizar, dirigir, coordinar y controlar los programas, estrategias, sistemas y procedimientos necesarios para analizar de manera precisa y metodológica los incidentes relevantes que se susciten en las líneas de la red de servicio;  

XIV.Establecer las políticas y lineamientos para proporcionar una atención inmediata y coordinada a los incidentes relevantes que se susciten en el Organismo;  

XV.Autorizar la instrumentación de programas de mejoras de competencias mediante capacitación genérica y específica al personal técnico-operativo adscrito en las distintas áreas que conforman las unidades de la Subdirección General de Operación;  

XVI.Verificar el establecimiento de los mecanismos de comunicación y coordinación con las áreas de mantenimiento durante la ejecución de las obras, a efecto de que en lo posible, no se interrumpa la continuidad del servicio;  

XVII.Informar periódicamente a la Dirección General sobre el avance y cumplimiento de las metas y programas encomendados;  

XVIII.Establecer las políticas, lineamientos y directrices a los que deberá ajustarse el funcionamiento técnico y operativo de las líneas que conforman la red de servicio, para la movilidad integrada de la Ciudad de México;  

XIX.Establecer los lineamientos a los que deberán ajustarse las maniobras de control y dosificación de personas usuarias, así como la gratuidad a los grupos de población que están determinados con derecho por la ley en las instalaciones de las líneas de la red del servicio;  

XX.Establecer la metodología y lineamientos para el procesamiento y gestión de datos mediante el fortalecimiento en el ambiente de tecnologías de la información y comunicaciones, relativa a las averías técnicas, incidentes y accidentes que se susciten durante la prestación del servicio, a fin de desarrollar y proponer medidas preventivas y correctivas apropiadas; y  

Las demás afines a las que anteceden, que señalen las leyes, reglamentos, decretos, acuerdos y otras disposiciones administrativas aplicables.


Datos del titular

Escolaridad:

Ingeniería Industrial con especialidad de Administración de la Producción, egresado del Instituto Politécnico Nacional.

Unidad Profesional Interdisciplinaria de Ingenieria y Ciencias Sociales y Administrativas (UPIICSA)

Experiencia:
  1. El 1 de julio fue designado como encargado de despacho de la Subdirección General de Operación en el Sistema de Transporte Colectivo.
  2. Del 08 de marzo de 2023 al 30 junio de 2025, se desempeñó como director de Transportación en el Sistema de Transporte Colectivo.
  3. Del 27 de diciembre de 2013 al 21 de febrero de 2023 fungió como coordinador de Proyectos "A" N-14 en el Sistema de Transporte Colectivo.
  4. Del 12 de diciembre de 2012 al 26 de diciembre de 2013 colaboró como Jefe Operativo Estratégico "A" N-14 en el Sistema de Transporte Colectivo.

Área a la que pertenece