Coordinación de Movimientos Jurídicos Internos
Información del puesto
Con base en el Manual Administrativo MA-STC-23-437D6306 del Sistema de Transporte Colectivo.
- Representar legalmente al Sistema de Transporte Colectivo, en todos los asuntos en materia laboral ante autoridades federales y/o locales correspondientes.
- Vigilar, supervisar y dictaminar los conflictos laborales que se presenten por incumplimiento o violación a lo dispuesto en el Reglamento de Condiciones Generales de Trabajo del Sistema de Transporte Colectivo y/o Leyes laborales.
- Representar al STC en conciliaciones y arbitrajes ante el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, Juntas Federal y Locales de Conciliación y Arbitraje, Centro de Conciliación Laboral de la CDMX, Tribunales Laborales, Procuraduría de la Defensa del Trabajo, Mesas de Atención Ciudadana en materia laboral en los términos de la Ley Federal del Trabajo y demás normatividad aplicable.
- Conocer, analizar y dictaminar con apoyo de la Coordinación de Seguridad Industrial e Higiene, los accidentes de trabajo del personal de confianza que se susciten en el Sistema de Transporte Colectivo.
- Recibir, turnar y gestionar los ordenamientos o requerimientos judiciales, en materia familiar o civil, en los casos de pensión alimenticia o controversias del orden familiar, para acreditar, comparecer o informar de algún derecho que se derive de la relación laboral de los trabajadores.
- Dar seguimiento a las demandas y todo tipo de recursos, en los juicios en materia laboral en los que sea parte la Entidad.
- Recibir, atender y turnar las quejas de carácter laboral que los usuarios o trabajadores del Organismo presenten en contra del personal del mismo y que deriven de las funciones que tienen encomendadas.
- Vigilar y cumplimentar los laudos, resoluciones y acuerdos que emitan las autoridades laborales federales o locales.
- Representar al Organismo en todos los asuntos de materia laboral ante la Sala Constitucional y demás instancias que conforman el Poder Judicial de la Federación.
- Estudiar, investigar y resolver las propuestas que en materia laboral formulen, tanto las unidades administrativas, como la Representación Sindical.
- Proporcionar asesoría a las unidades administrativas en la investigación, instrumentación y dictaminación de sanciones, dentro de los procedimientos y actas administrativas por infracciones al Reglamento de Condiciones Generales de Trabajo del Sistema de Transporte Colectivo.
- Asesorar en la notificación del cese o el aviso de rescisión de la relación laboral, por incumplimiento a lo establecido en el Reglamento de Condiciones Generales de Trabajo del Sistema de Transporte Colectivo.
- Atender y asesorar a los trabajadores sobre el ejercicio o cumplimiento de sus derechos y obligaciones señalados en el Reglamento de Condiciones Generales de Trabajo del Sistema de Transporte Colectivo.
- Revisar y analizar conjuntamente con las unidades administrativas competentes el Reglamento de Condiciones Generales de Trabajo del Sistema de Transporte Colectivo, así como atender los asuntos de orden laboral presentados en los órganos colegiados o mesas de trabajo que se integren en materia de relaciones laborales.
- Analizar, discutir, negociar, elaborar, modificar, redactar, publicar y registrar conjuntamente con las unidades administrativas y la representación sindical el Reglamento de Condiciones Generales de Trabajo del Sistema de Transporte Colectivo, así como los diversos reglamentos que regulan las relaciones laborales.
- Atender asuntos de orden laboral ante la Comisión Mixta de Escalafón, la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene, Comité Central de Protección Civil y cualquier otra inherente en materia laboral.
- Difundir y vigilar el cumplimiento de los procedimientos relacionados con la materia laboral que hayan sido autorizados, expedidos y registrados por las autoridades competentes.
Datos del titular
Área a la que pertenece
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